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UNIDAD ADMINISTRATIVA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

Es la Unidad que se encarga de coordinar y garantizar el acceso a la Información Pública del Municipio de Tehuacán, Puebla


Funciones UAAI

  • - Ser el vínculo entre el H. Ayuntamiento, sus dependencias, sus entidades paramunicipales y el solicitante
  • - Recabar y difundir la información pública a que se refiere El Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información del Municipio de Tehuacán y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla
  • - Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información prevista en el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información del Municipio de Tehuacán
  • - Conocer sobre la clasificación y conservación de la información de que disponga el Sujeto Obligado Municipal así como establecer los lineamientos generales de clasificación y custodia de la información reservada y confidencial
  • - Emitir recomendaciones a los servidores públicos para que cumplan son el Reglamento
  • - Orientar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y modificación de datos personales
  • - Promover la cultura de transparencia y acceso a la información pública



¿Qué es la Información Pública?

Es toda la información contenida en medios escritos, impresos, sonoros, visuales, electrónicos, informáticos u holográficos que los funcionarios públicos generen, obtengan o conserven. El acceso a la información pública solo será restringido cuando se trate de información reservada o confidencial.


¿Qué es la Información reservada?

La que de revelase dañe las funciones públicas, la gobernabilidad, la vida o la salud de cualquier persona, la relacionada con la propiedad intelectual, la generada por trámites administrativos y juicios, así como los estudios y proyectos en desarrollo.


¿Qué es la Información confidencial?

Son los datos personales de los individuos; origen étnico o racial, características físicas, morales o emocionales, su vida afectiva y familiar; su domicilio, creencias religiosas o filosóficas, estados de salud, físicos o mentales, orientación sexual u otras que afecten su intimidad.


¿Quienes están obligados a dar información (sujetos obligados)?

El H. Ayuntamiento, sus dependencias y sus entidades paraestatales


Trámites, requisitos y formatos que presta la UAAI:

A través de nuestra página en internet www.tehuacan.gob.mx puede encontrar información publicada en el Portal de Transparencia de Tehuacán.
Si la información encontrada en el portal de Internet no satisface sus dudas puede llenar el formato de solicitud de información y enviarlo vía e-mail a transparencia@tehuacan.gob.mx
O presentar su solicitud de manera personalizada
La solicitud se puede descargar desde el portal de Internet de Transparencia, llenarla y entregarla a la UAAI


Costos

El acceso a la información pública es gratuito salvo que la información solicitada tenga que ser reproducida en copias simples o certificadas y medios magnéticos o que para su entrega requiera envío por mensajería o correo certificado se cobrará a los particulares una contraprestación según corresponda y la cual se le notificará antes de la entrega de la información solicitada.


¿Cuál es el plazo para recibir la información solicitada?

A partir de la recepción de su solicitud en la UAAI cuenta con quince días hábiles como máximo para dar respuesta a la misma. Este plazo podrá ampliarse una sola vez por un término igual cuando existan razones que lo motiven y se le debe dar aviso al solicitante a través de los medios que haya dejado disponibles en su solicitud. Lo anterior con fundamento en el Artículo 8 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Municipio de Tehuacán


¿Qué se puede hacer en caso de no recibir respuesta a una solicitud de información en tiempo y forma o que la respuesta no sea de su entera satisfacción?

Podrá interponer un recurso de revisión ante la UAAI que deberá ir dirigido a la Comisión Municipal de Transparencia y que será remitido a dicha comisión en un plazo de 72 horas después de la recepción.
En el caso de que la respuesta no le sea satisfactoria o no la haya recibido en tiempo y forma podrá interponer el recurso de revisión ante la Comisión Municipal de Transparencia.
Para mayor información puede consultar la Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Puebla y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información del Municipio de Tehuacan.


Comisión Municipal de Transparencia

Es un órgano conformado por ciudadanos con autonomía de gestión, operación y decisión, quienes tienen las siguientes funciones:

  • • Promover estudios e investigaciones que aporten medios, métodos de control e indicadores para el fortalecimiento de la Transparencia en la Administración Pública Municipal
  • • Realizar acciones, sondeos y encuestas con los habitantes del Municipio que permitan conocer aquellos índices que afecten el desarrollo de las funciones de la Administración Pública Municipal
  • • Orientar a los particulares acerca de las solicitudes de acceso a la información
  • • Resolver los Recursos de Revisión interpuestos por los solicitantes
  • • Promover la capacitación de los Servidores Públicos Municipales en materia de acceso a la información y protección de datos personales
  • • Garantizar el debido ejercicio del derecho a la privacidad y la protección de la información en términos del Reglamento y de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Tehuacan y del Estado de Puebla respectivamente
  • • Realizar campañas para la promoción, difusión e investigación sobre el derecho de acceso a la información pública, para crear una cultura sobre este derecho entre los ciudadanos



¿Qué es el recurso de revisión?

Es el medio de defensa que la persona puede presentar cuando la UAAI le niegue total o parcialmente la información solicitada, cuando no esté completa, cuando no sea entregada en el plazo que marca el Reglamento de Transparencia o no corresponda a lo que se solicitó. La Comisión Municipal resolverá si el recurso interpuesto es procedente de acuerdo a lo establecido en el artículo 55 del Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información de Tehuacán.


Directorio

Dependencia
Unidad Administrativa de Acceso a la Información
Titular
LAE Mayra Leticia Beristáin Sánchez
Cargo
Coordinadora de Evaluación, Transparencia y Acceso a la Información Pública
Dirección
Av. Independencia Oriente no. 735 3er piso
Ciudad y Estado
Tehuacán, Pue.
Código Postal
75700
Teléfonos
3803540
e-mail
transparencia@tehuacan.gob.mx
Horarios de Atención
Lun-Vie 08:00 hrs a 15:00 hrs